Si has decidido preparar las oposiciones de Justicia, seguramente encuentres miles de dudas a la hora de embarcarte en ello. Una de las primeras que suelen surgir, es elegir qué oposición es más adecuada según tus preferencias. En Opolex hemos sido seleccionados como la plataforma del Ministerio de Justicia para la formación de sus funcionarios durante varios años, por lo que tenemos una amplia experiencia en el ámbito de la Administración de Justicia.

En este sentido, queremos facilitaros está búsqueda con esta guía práctica para opositores de Justicia, empezando por contextualizar el proceso.

¿Cuáles son las fases de las oposiciones de Justicia?

1º. Publicación de la Oferta de Empleo Público (OEP)

La OEP indica el número de plazas que se va a convocar para cada oposición de Justicia.

2º. Publicación de las bases y convocatoria de de las oposiciones de Justicia.

En estas bases se recogen todos los aspectos importantes de la oposición: el número de plazas convocadas, el sistema selectivo, las pruebas a superar, los requisitos, el temario, etc.

3º. Presentación de instancias de Justicia.

Al día siguiente de publicarse la convocatoria, comienza el plazo de inscripción para el examen, lo que llamamos “presentación de la instancia” (modelo 790), que tiene una duración de 20 días hábiles. Este documento oficial sirve para inscribirte en el proceso selectivo y puede presentar de forma telemática o en soporte papel.

4º. Lista de admitidos y excluidos de justicia.

Una vez presentadas las instancias, al poco tiempo se publican las listas “provisionales” de admitidos y excluidos en el proceso selectivo del cuerpo al que te quieras presentar. Las personas excluidas podrán subsanar los errores durante un periodo de tiempo. Después se publicarán las listas “definitivas” con los aspirantes admitidos definitivamente en el proceso selectivo.

5º. Fecha de los exámenes de Justicia.

Normalmente, en la misma Orden en la que se publican las listas definitivas de admitidos, el Ministerio de Justicia publica también el lugar, fecha y hora del primer examen. La distribución de aspirantes por aulas suele hacerse pública posteriormente en cada uno de los ámbitos territoriales.

6º. Lista de aprobados de Justicia.

Terminada la fase de oposición, el Tribunal calificador publica un acuerdo por el que se hacen públicas las relaciones de aprobados del último ejercicio de la oposición, y del proceso selectivo, se abre plazo para presentar documentación relativa a la acreditación de conocimientos de derecho foral o lengua propia de la Comunidad Autónoma, o se convocan los ejercicio optativos previstos en la convocatoria para acreditarlos. Estos últimos exámenes de lenguas oficiales y valoración de méritos son optativos, la oposición ya está aprobada, y los puntos que se obtengan por estos exámenes o méritos sólo cuentan para tener mejor nota a la hora de elegir plaza en el ámbito territorial de que se trate. Finalmente, el Tribunal calificador publica la propuesta definitiva de aprobados, que se se elevará posteriormente a la Secretaría de Estado de Justicia.

7º. Presentación de documentación.

Los aspirantes que superen la fase de oposición deberán presentar la documentación que se les solicite a fin de verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos en la convocatoria, y para que puedan ser nombrados funcionarios en prácticas.

8º. Curso selectivo y período de prácticas.

Una vez superada la fase de oposición, o el concurso-oposición en su caso, los procesos selectivos podrán incluir la realización de un curso teórico práctico o de un periodo de prácticas, de carácter selectivo, cuya modalidad, contenido, duración y sistema de calificación se detallará en la convocatoria respectiva. En las últimas convocatorias del turno libre se ha prescindido de estos trámites, y no ha habido curso selectivo ni periodo de prácticas.

9º. Nombramiento como funcionario de carrera y elección de destino.

Finalizado, en caso de existir, el curso selectivo o período de prácticas, se procede al nombramiento como funcionarios de carrera de quienes lo haya superado, y a la elección de destino, pero ahora ya con carácter definitivo, porque habrá que permanecer en el mismo hasta que se quiera cambiar a otro por concurso de traslado (se podrá participar en los concursos de traslados transcurrido dos años desde la toma de posesión del último destino).

Información general sobre los cuerpos generales de oposiciones de Justicia

Antes de empezar, es necesario saber que en Justicia hay 3 cuerpos generales de funcionarios:

Sistema de acceso a los cuerpos generales de Justicia

Existen 2 formas de acceder a los cuerpos generales de Justicia: Acceso libre y Promoción interna (para personas que ya son funcionarios).

Turno libre: Es el caso más común para personas que no son funcionarias y quieren prepararse alguna de estas 3 oposiciones de Justicia comentadas. Actualmente el proceso selectivo se realiza mediante concurso-oposición. En este sistema, además de valorar las pruebas selectivas se valoran unos méritos concretados en la convocatoria que suelen ser académicos o profesionales.

Promoción interna: Para personal ya funcionario. Una vez que ya hayáis sido nombrados funcionarios podéis promocionar (ascender) a un puesto superior, es decir:

  • Siendo funcionarios de Auxilio Judicial podéis promocionar a Tramitación Procesal.
  • Siendo funcionarios de Tramitación Procesal podéis promocionar a Gestión Procesal.
  • Siendo funcionarios de Gestión Procesal podéis promocionar a Letrados de la Administración de Justicia.

¿Qué es necesario para ascender a un puesto superior en Justicia?

  1. Prestar servicios durante 2 años en el puesto actual de funcionario.
  2. Cumplir con la titulación académica requerida para el puesto que se quiere acceder.
  3. Presentarse a las pruebas selectivas que se convoquen para la promoción interna (el temario será más reducido que el de acceso libre).
  4. Una vez superadas las pruebas selectivas (exámenes), pasaremos a la fase de concurso donde se no valorará el historial académico, el profesional, antigüedad, conocimiento de idiomas, etc.
Oposiciones de Justicia

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¿Cuáles son las diferencias entre Auxilio Judicial, Tramitación Procesal y Gestión Procesal?

Una vez que hemos decidido presentarnos mediante el sistema acceso libre (persona no funcionaria) es el momento de elegir para cuál de los 3 cuerpos de Justicia nos prepararemos. Vamos a ver las principales diferencias entre uno y otro cuerpo.

1º. Requisitos de las oposiciones de justicia

  • Auxilio Judicial: ESO o equivalente.
  • Tramitación Procesal: Bachillerato o equivalente.
  • Gestión Procesal: Ser Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente.

Es importante conocer que una vez que vamos a ser nombrados funcionarios se nos pedirá acreditar esta titulación (antes no), sin ella no podremos ser nombrados funcionarios.

2º. Temario de las oposiciones de Justicia

Una de las diferencias más relevantes, es el temario, cuanto más alto sea el cuerpo, más temario tendrá (y más titulación exigen): El temario de las oposiciones se aprueba en cada convocatoria, aunque lo normal es que, si no ha habido cambios legislativos importantes, no cambie nada, o cambie muy poco, de un año a otro. Actualmente, los temarios constan de:

  • Auxilio Judicial: 26 temas.
  • Tramitación Procesal: 31 temas.
  • Gestión Procesal: 68 temas.

Opositar a más de un cuerpo

Muchos opositores deciden opositar a más de un cuerpo (ya que engloban partes comunes del temario). Lo más común es optar por preparar Tramitación Procesal y presentarnos a los procesos selectivos de Auxilio Judicial y Tramitación Procesal, ya que este recoge el temario de Auxilio Judicial. Otro ejemplo sería aquellos opositores que preparan Gestión Procesal y se presentan a los otros tres cuerpos del Ministerio de Justicia.

3º. Funciones en Justicia

Las funciones son distintas para cada uno de los cuerpos, más complejas y de mayor responsabilidad cuanto más alto es el cuerpo al que se pertenece. De forma general consisten en:

  • Funciones Gestión procesal: tienen funciones de gran relevancia procesal, gestionando la tramitación de los procedimientos, dando cuenta al Letrado de la Administración de Justicia e informando al Juez cuando se requiera una interpretación de la Ley, documentando actos procesales como embargos y lanzamientos, registrando y distribuyendo entre los demás funcionarios los escritos y documentos…
  • Funciones Tramitación procesal: llevan a cabo la tramitación propiamente dicha, confeccionando con las aplicaciones informáticas los documentos procesales que conforman los procedimientos…
  • Funciones Auxilio judicial: son funciones que requieren un menor conocimiento procesal, como la realización de los actos de comunicación, archivar los autos y expedientes judiciales, velar por las condiciones de utilización de las salas de vistas… también actúan como “agente de la autoridad”, ejecutando materialmente algunas de las resoluciones procesales (embargos, lanzamientos…).

4º. Exámenes para oposiciones de Justicia

Las pruebas que haya que superar en oposiciones de Justicia, incluidas las de carácter optativo, se determinarán también en cada convocatoria, pero vienen siendo siempre las mismas todos los años, con muy pocas modificaciones. Más abajo se detallan los exámenes de cada uno de los cuerpos (para acceder por turno libre), pero de manera muy resumida podemos decir que las principales diferencias son que en Auxilio Judicial sólo hay dos exámenes, y son tipo test. Que en tramitación, además de test hay una prueba de mecanografía. Y, que en gestión, además de los test, hay un examen escrito o de desarrollar.

Examen Auxilio Judicial: Está formado por dos exámenes:

  • Primer examen (teórico): Realizar un test de 100 preguntas en 75 minutos. Son preguntas con cuatro respuestas, y sólo una válida. Cada acierto suma 1 punto, y cada fallo resta 0,25. Las que se dejen en blanco, ni suman ni restan. Hay 4 preguntas de reserva, por si se anula alguna de las 100 primeras.
  • Segundo examen (práctico): Realizar un test de 50 preguntas en 60 minutos, sobre dos casos prácticos. Los aciertos suman dos puntos, los fallos restan 0,50 y las que se dejen en blanco restan 0,25. Este examen se hace el mismo día que el anterior, los dos seguidos.
  • Aunque el aprobado lo dan los dos exámenes anteriores, en las Comunidades Autónomas que lo tengan lengua oficial y derecho propios, puede “subirse la nota” acreditando estos conocimientos con títulos oficiales, o haciendo otro examen tipo test sobre temas específicos del derecho foral.

Examen Tramitación Procesal y Administrativa:

  • Primer examen
    • Primera prueba (teórico): Realizar un test de 100 preguntas en 75 minutos. Son preguntas con cuatro respuestas, y sólo una válida. Cada acierto suma 1 punto, y cada fallo resta 0,25. Las que se dejen en blanco, ni suman ni restan. Hay 4 preguntas de reserva, por si se anula alguna de las 100 primeras.
    • Segunda prueba (práctico): Realizar un test de 20 preguntas en 45 minutos, sobre un caso práctico. Los aciertos suman dos puntos, los fallos restan 0,50 y las que se dejen en blanco restan 0,25. Este examen se hace el mismo día que el anterior, los dos seguidos.
  • Segundo examen: Consistirá en reproducir en ordenador/procesador de textos un texto en Microsoft Word con los requerimientos de presentación que el Tribunal determine.
  • Aunque el aprobado lo dan los dos exámenes anteriores, en las Comunidades Autónomas que lo tengan lengua oficial y derecho propios, puede “subirse la nota” acreditando estos conocimientos con títulos oficiales, o haciendo otro examen tipo test sobre temas específicos del derecho foral.

Examen Gestión Procesal y Administrativa:

  • Primer ejercicio (teórico): Realizar un test de 100 preguntas en 90 minutos. Son preguntas con cuatro respuestas, y sólo una válida. Cada acierto suma 1 punto, y cada fallo resta 0,25. Las que se dejen en blanco, ni suman ni restan. Hay 4 preguntas de reserva, por si se anula alguna de las 100 primeras.
  • Segundo ejercicio (práctico): Realizar un test de 20 preguntas (más dos de reserva) en 45 minutos, sobre un caso práctico. Los aciertos suman dos puntos, los fallos restan 0,50 y las que se dejen en blanco restan 0,25. Este examen se hace el mismo día que el anterior, los dos seguidos.
  • Tercer ejercicio (escrito): Consistirá en redactar, de forma clara y con letra legible, sin ayuda de texto alguno y durante un máximo de cuatro horas dos temas, elegidos por el aspirante entre tres sacados al azar de entre los del Programa. El Tribunal leerá los ejercicios y los calificará de cero a 100.
  • Aunque el aprobado lo dan los dos exámenes anteriores, en las Comunidades Autónomas que lo tengan lengua oficial y derecho propios, puede “subirse la nota” acreditando estos conocimientos con títulos oficiales, o haciendo otro examen tipo test sobre temas específicos del derecho foral.

2 o 3 días antes del examen, el Ministerio de Justicia publica en su web los listados de aspirantes a oposiciones de Justicia con los edificios y aulas asignados, es muy importante que tengáis esta información clara para saber donde hay que acudir. La mañana del examen os recomendamos que acudáis a la sede de examen una hora antes de que se produzca el llamamiento, cuando abran las puertas de la facultad donde se realice el examen, un funcionario con una lista de aspirantes comenzará a llamaros en voz alta y alfabéticamente, cuando te nombren comprobarán tu DNI (muy importante no olvidarlo en casa) y ya podrás entrar. Una vez dentro, otro funcionario te indicará donde sentarte y donde poder dejar tus pertenencias personales.

Una vez realizado el examen, tras 72 horas el Ministerio de Justicia a través de su web publicará la plantilla de respuestas provisionales, y se abre un plazo para que impugnemos las preguntas o respuestas con las que no estemos conformes, por considerar que la respuesta dada por buena no es la correcta y hay que cambiarla, o que es nula por el motivo que sea (se refiere a una Ley derogada, está fuera del temario, hay varias respuestas correctas, no hay ninguna respuesta correcta…

Días después, el Tribunal Calificador Único resolverá estas impugnaciones, haciendo alguna modificación en la plantilla de respuestas, que pasará a ser definitiva y, a la vez, señalará a la vista de los resultados, la nota mínima necesaria para pasar el examen, publicando la lista de opositores que lo han pasado.)

Para saber si hemos aprobado o no el examen, deberemos esperar a que el Ministerio publique la nota de corte del examen, es decir aquella nota que decide que todos los aspirantes que hayan superado esa nota han superado esa prueba selectiva.

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