Secretarios-JudicialesLos Secretarios Judiciales pasan a tener nuevas funciones, así lo hemos podido saber en Opolex, y así lo resumimos en esta noticia.

Recogemos alguno de los cambios que afectan a los Secetarios Judiciales con las reformas propuestas por el Gobierno, y en particular hacemos referencia a sus nuevas funciones. Los secretarios judiciales, que cambiarán su nombre al de Letrados al servicio de la Administración de Justicia, podrán celebrar matrimonios, separaciones y divorcios de mutuo acuerdo siempre y cuando no haya menores de edad ni personas con discapacidad.

Así, la nueva regulación permitirá celebrar bodas ante el secretario judicial, notario, encargado del registro civil, el cónsul o funcionario judicial, juez de paz y alcalde o concejal.

Además la nueva propuesta del Gobierno para los Secretarios Judiciales otorga además a los mismos otras atribuciones conferidas en un inicio a notarios y registradores de la propiedad.

Entre sus nuevas funciones, por ejemplo, se ocuparán de autorizar a reclamar créditos vencidos que formen parte de un usufructo y de los expedientes de deslinde de fincas que no estén inscritas en el registro de la propiedad. También dependerán de ellos las subastas electrónicas.

El Proyecto de Ley de reforma de registros aprobado por el Gobierno ya les capacitaba para nombrar defensores judiciales, declararán ausencias y fallecimientos, actos de conciliación y nombrarán al administrador, liquidador o interventor de entidades.

Intervendrán también en otros actos como la renuncia o prórroga del cargo de albacea, la designación de éste y la aprobación de la partición de la herencia.